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ley de trabajo(vacaciones vencidas)
Publicado: Lun Ene 04, 2016 8:33 am
por betoxx
buenas muchachos necesito aqui un asesoramiento sobre este tema, espero me puedan ayudar, la cuestion es que voy a renunciar a la empresa en la que llevo justamente un año sin falta trabajando, por lo que ya tengo unas vacaciones vencidas, tengo entendido que si uno renuncia y no disfruto de esas vacaciones, a uno se las tienen que pagar junto con la liquidacion, pero resulta que aqui me estan diciendo que como no las utilice me jodi y no me las van a pagar en la liquidacion, es eso correcto o es que me quieren joder en la empresa??
saludos
Re: ley de trabajo(vacaciones vencidas)
Publicado: Lun Ene 04, 2016 11:55 am
por luis9401
En resumidas palabras -te estan jodiendo-, de no haber disfrutando las vacaciones la empreaa esta en el DEBER de cancelar en la liquidacion lo correspondiente a los 15 dias de vacaciones remuneradas, mas los 15 dias de bono vacacional. Es decir deben cancelarte dentro de la liquidacion un monto igual a un mes de salario correspondiente a las vacaciones
Re: ley de trabajo(vacaciones vencidas)
Publicado: Lun Ene 04, 2016 1:52 pm
por betoxx
luis9401 escribió:En resumidas palabras -te estan jodiendo-, de no haber disfrutando las vacaciones la empreaa esta en el DEBER de cancelar en la liquidacion lo correspondiente a los 15 dias de vacaciones remuneradas, mas los 15 dias de bono vacacional. Es decir deben cancelarte dentro de la liquidacion un monto igual a un mes de salario correspondiente a las vacaciones
excelente mi pana muchas gracias, necesitaba saber eso, y hay algun tipo de ente donde uno pueda denunciar esa situacion?? esta empresa ya ha tenido varios problemas de este tipo y parece que no aprenden la leccion y siempre salen jodidos, pareciera a proposito las ganas de joder al empleado
Re: ley de trabajo(vacaciones vencidas)
Publicado: Lun Ene 04, 2016 2:18 pm
por Lma76
betoxx escribió:luis9401 escribió:En resumidas palabras -te estan jodiendo-, de no haber disfrutando las vacaciones la empreaa esta en el DEBER de cancelar en la liquidacion lo correspondiente a los 15 dias de vacaciones remuneradas, mas los 15 dias de bono vacacional. Es decir deben cancelarte dentro de la liquidacion un monto igual a un mes de salario correspondiente a las vacaciones
excelente mi pana muchas gracias, necesitaba saber eso, y hay algun tipo de ente donde uno pueda denunciar esa situacion?? esta empresa ya ha tenido varios problemas de este tipo y parece que no aprenden la leccion y siempre salen jodidos, pareciera a proposito las ganas de joder al empleado
Claaaro que se puede denunciar. Eso se hace en el Ministerio del Trabajo, lo que vas a hacer es pedir que el ministerio te haga el cálculo de tu liquidación y luego con ese cálculo te vas a la empresa donde trabajabas y les dices que eso es lo que te tienen que pagar, o si no los denuncias y créeme, eso no le gusta a ningún patrono.
Para que el cálculo sea exacto debes llevar una hoja preparada con lo siguiente:
1) Fecha de inicio de la relación laboral.
2) Fecha de los aumentos de sueldo, si los hubo y el monto.
3) Si pediste anticipo de prestaciones sociales debes llevar eso también ya que esos anticipos son deducibles del cálculo final.
4) Fecha del fin de la relación laboral.
5) Monto de las utilidades que cobraste el año pasado, en caso de no haberlas cobrado entonces entran también en el cálculo.
Con esa información te sacan tu cuenta exacta, y lo que te diga el ministerio eso es. No te dejes llevar por cuentos de abogados chimbos que lo que hacen es meterlo a uno en peos para ellos poder cobrar y al final uno pierde plata. Si hay que demandar a la empresa, eso lo haces en el ministerio del trabajo sin pagar ni medio.
Mucha suerte y no te dejes joder, que hay empresas que se aprovechan de la inexperiencia del que está trabajando por primera vez para escamotearle cuatro reales que luego se los gasta el dueño de la empresa en un almuerzo en un restaurant de lujo.
Re: ley de trabajo(vacaciones vencidas)
Publicado: Mar Ene 05, 2016 7:32 am
por betoxx
Lma76 escribió:betoxx escribió:luis9401 escribió:En resumidas palabras -te estan jodiendo-, de no haber disfrutando las vacaciones la empreaa esta en el DEBER de cancelar en la liquidacion lo correspondiente a los 15 dias de vacaciones remuneradas, mas los 15 dias de bono vacacional. Es decir deben cancelarte dentro de la liquidacion un monto igual a un mes de salario correspondiente a las vacaciones
excelente mi pana muchas gracias, necesitaba saber eso, y hay algun tipo de ente donde uno pueda denunciar esa situacion?? esta empresa ya ha tenido varios problemas de este tipo y parece que no aprenden la leccion y siempre salen jodidos, pareciera a proposito las ganas de joder al empleado
Claaaro que se puede denunciar. Eso se hace en el Ministerio del Trabajo, lo que vas a hacer es pedir que el ministerio te haga el cálculo de tu liquidación y luego con ese cálculo te vas a la empresa donde trabajabas y les dices que eso es lo que te tienen que pagar, o si no los denuncias y créeme, eso no le gusta a ningún patrono.
Para que el cálculo sea exacto debes llevar una hoja preparada con lo siguiente:
1) Fecha de inicio de la relación laboral.
2) Fecha de los aumentos de sueldo, si los hubo y el monto.
3) Si pediste anticipo de prestaciones sociales debes llevar eso también ya que esos anticipos son deducibles del cálculo final.
4) Fecha del fin de la relación laboral.
5) Monto de las utilidades que cobraste el año pasado, en caso de no haberlas cobrado entonces entran también en el cálculo.
Con esa información te sacan tu cuenta exacta, y lo que te diga el ministerio eso es. No te dejes llevar por cuentos de abogados chimbos que lo que hacen es meterlo a uno en peos para ellos poder cobrar y al final uno pierde plata. Si hay que demandar a la empresa, eso lo haces en el ministerio del trabajo sin pagar ni medio.
Mucha suerte y no te dejes joder, que hay empresas que se aprovechan de la inexperiencia del que está trabajando por primera vez para escamotearle cuatro reales que luego se los gasta el dueño de la empresa en un almuerzo en un restaurant de lujo.
agradecido verdaderamente hermano, es como lo dices, es mi primera vez trabajando para una empresa, específicamente en el departamento de sistemas de un concesionario chevrolet, ahorita mismo empezare a preparar todo lo que me enlistas para llevarlo al ministerio de trabajo hoy mismo, me habian recomendado hablar con una abogado, pero si eso se puede hacer gratis en el mismo ministerio pues mucho mejor, lo peor de todo es que me han dicho que aqui en esta empresa ha ocurrido el mismo peo varias veces, pero por lo visto la viveza siempre esta primero ante todo.
saludos y gracias
Re: ley de trabajo(vacaciones vencidas)
Publicado: Mar Ene 05, 2016 10:41 am
por Lma76
betoxx escribió:
agradecido verdaderamente hermano, es como lo dices, es mi primera vez trabajando para una empresa, específicamente en el departamento de sistemas de un concesionario chevrolet, ahorita mismo empezare a preparar todo lo que me enlistas para llevarlo al ministerio de trabajo hoy mismo, me habian recomendado hablar con una abogado, pero si eso se puede hacer gratis en el mismo ministerio pues mucho mejor, lo peor de todo es que me han dicho que aqui en esta empresa ha ocurrido el mismo peo varias veces, pero por lo visto la viveza siempre esta primero ante todo.
saludos y gracias
Así es. Lo del abogado te lo desaconsejé específicamente porque el ministerio es sumamente diligente en casos como el tuyo y no te va a costar nada la asesoría de ellos, así como un posible litigio en caso de que la empresa haga caso omiso del cálculo del ministerio, mientras que si vas a litigio con un abogado fácil te puede cobrar por honorarios profesionales
el 50% del monto total de tu liquidación con lo que prácticamente pierdes más dinero con el abogado que aceptando lo que la empresa te dé. Lo otro es que hay abogados que te engolosinan inventándote cálculos por encima de lo que corresponde por ley para hacer que los contrates, siendo que después eso rebota en los tribunales laborales ya que quien tiene la última palabra respecto a los montos a pagar es el Ministerio del Trabajo, perdiendo tú tiempo y dinero.
¡Mucha suerte!
Re: ley de trabajo(vacaciones vencidas)
Publicado: Mié May 06, 2020 3:34 am
por toddcarson
Y tecnológicamente hablando DirecTv es una solución mejor que cualquier sistema de cable coaxial.
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